Los precios mostrados no incluyen impuestos (IVA/IGIC e Impuesto de Electricidad).

A partir del 1 de junio de 2026, finaliza la reducción propuesta en el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo para contratos de con termino fijo de potencia no superior a 10kWh. Se aplicará un tipo impositivo aplicable de IVA del 21% y un Impuesto de Especial sobre Electricidad (IEE) del 5,1127%. 

En cualquier caso, se aplicarán los impuestos establecidos en cada momento por la regulación vigente.

Se aplicarán en el precio indicado las variaciones al alza o a la baja de los impuestos aplicables y de los conceptos regulados (a modo enunciativo no limitativo, cargos del sistema, peajes, alquiler de contador...). Asimismo, podrán trasladarse al precio cualquier concepto regulado, tasa o impuesto de nueva creación o que sustituyan a los actuales que sean de aplicación durante el periodo de duración del presente contrato.

Adicionalmente se facturarán, si procede, los excesos de energía reactiva y potencia. Los periodos horarios corresponden, en todo momento, con los de la tarifa de acceso contratada.