Nuevas contrataciones

L-V de 8h a 22h
S de 9h a 14h
(Horario peninsular)

Consulta nuestro horario de atención a la contratación.

L-S de 8h a 22h
(Horario peninsular)

Llámanos gratis. O déjanos tu teléfono y te llamamos.

El número introducido es incorrecto. Por favor, vuelve a intentarlo. Gracias. Llamadme

Atención al cliente

L-S de 8h a 22h
(Horario peninsular)

Hola
Área clientes
Calor y reparto de costes en tu Comunidad
  •  

    Suministro de gas junto al servicio de reparto de costes de calefacción.

  •  

    Cumple con la nueva normativa.

Calor y reparto de costes en tu Comunidad

Servicio y equipos de reparto en garantía total por solo

5.92 €*

al mes/vivienda

Características del producto

Características del producto

Financiación al 5,45%, sin inversiones iniciales, ni avales, ni derramas

Proyecto llave en mano, instalación legalizada

Mantenimiento en garantía total y servicio 24h / 365 días

Soporte de asesor energético durante todo el contrato

Gestión de subvenciones, sin coste adicional

Servicio de reparto de calefacción y ACS y suministro de equipos en garantía total

Ventajas de reparto de costes

Ventajas de reparto de costes

Cumple con el Real Decreto RD 736/2020

Ahorro con la gestión individualizada (según IDAE 40-25% Ahorro)

Sencilla instalación sin obras y envío de informes a cada vecino

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Tendrás las ventajas de contratar el gas natural con Naturgy.

Y además... el Servicio de Reparto que incluye financiación de los equipos necesarios para hacer el reparto de costes individualizado de Calefacción y ACS en garantía total y las modificaciones en la sala de calderas que necesites, junto a la emisión de los informes de reparto a domicilio. 

Benefíciate de tener juntos los servicios y tener un único interlocutor. Naturgy reparte la factura real de tu comunidad  sin necesidad de estimaciones o ajustes por parte del administrador de fincas. 

Las comunidades de propietarios deben cumplir con el Real Decreto 736/2020 aprobado el pasado 4 de agosto del 2020, en él se establece los criterios de obligatoriedad. Saber más.

Las Comunidades de propietarios deberán tener un presupuesto gratuito según el calendario indicado en el RD 736/2020, donde se determine la viabilidad técnica y económica de la instalación de los repartidores, con periodo estimado de recuperación de la inversión inferior a cuatro años.  

En caso de exentarse, deberá presentarse en la Comunidad autónoma el Certificado de exclusión y Declaración responsable. 

En cualquiera de los casos, cada comunidad necesita tener una oferta técnico-económica que calcule la viabilidad de la instalación de los equipos. Puedes pedir el presupuesto de Gasconfort&Reparto llamando al 900 402 020 o rellenando el siguiente formulario.

Independientemente a la obligatoriedad, la instalación de repartidores de costes es una medida de eficiencia recomendable, contribuye al ahorro y eficiencia energética del edificio, con ahorros entre 25% y 40%, según IDAE.

Naturgy analizará si en el momento de la contratación de Gas&Reparto existe alguna ayuda o subvención vigente de la administración central, autonómica o local, adecuada a la instalación de tu comunidad. En el caso afirmativo Naturgy realizará un análisis de viabilidad de la ayuda y gestionará su tramitación sin. coste adicional y se encargará de:  

  • Redacción y elaboración de memorias técnicas específicas solicitadas por el órgano convocante. 

  • Preparación y presentación del expediente completo (solicitud y justificación). 

  • Vigilancia y seguimiento continuo del expediente durante todo su ciclo de vida. 

  • Resolución de incidencias y reparos que puedan surgir en las diferentes fases del procedimiento. 

  • Asesoramiento continuado y personalizado acerca del expediente en curso, dudas técnicas, consulta de plazos, etc. 

Gracias a nuestra amplia experiencia en gestión de ayudas públicas en eficiencia energética puede confiar en que Naturgy le brinde el mejor asesoramiento y gestión.  

¿Qué es el Real Decreto 736/2020?

¿Qué es el Real Decreto 736/2020?

A toda instalación que posea caldera centralizada a excepción de:

  • Edificios cuya inversión en repartidores se amortice en más de 4 años con los ahorros generados.
  • Edificios situados en las zonas más cálidas del país (zonas A y B que marca el RITE)
  • Instalaciones atípicas de Monotubos en serie, venticonvectores o climatización por aire.

Además, los Consumidores con la condición de vulnerables podrán ser beneficiarios de una ayuda directa cumplir esta obligación.

El RD únicamente obliga a la instalación de repartidos de costes, no obliga a la instalación de válvulas termostáticas, aunque éstas son recomendables para facilitar la regulación. Tanto las Directivas Europeas como el Real Decreto, buscan la eficiencia, y su aplicación redundará en un ahorro medio estimado del 24%, debido a un menor consumo y optimización en cada vivienda y al aumento de la autonomía y autogestión.

Las fechas límites para que los titulares cumplan con la obligación de realizar una primera evaluación de la rentabilidad económica, así como, en su caso, de obtener un presupuesto siguiendo el modelo establecido en el Anexo III del real decreto serán las siguientes, en función del uso, número de viviendas del edificio y de la zona climática en la que se sitúe el edificio, de las definidas en la Parte II del Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo:

  1. a) 1 de febrero de 2021 para edificios de uso diferente al de vivienda y, en la zona climática E, para edificios de 20 o más viviendas.
  2. b) 1 de julio de 2021 en la zona climática E, para edificios de menos de 20 viviendas, y en la zona climática D, para edificios de 20 o más viviendas.
  3. c) 1 de diciembre de 2021 en la zona climática D, para edificios de menos de 20 viviendas, y en la zona climática C, para edificios de 20 o más viviendas.
  4. d) 1 de febrero de 2022 en la zona climática C, para edificios de menos de 20 viviendas.

Si el resultado de este presupuesto, en los términos referidos, acredita la viabilidad técnica y rentabilidad económica, el titular deberá proceder a la instalación de los sistemas de contabilización individualizada en un plazo máximo de quince meses a contar desde las fechas previstas anteriores para realizar la evaluación técnica y económica.

Las zonas climáticas están establecidas en el  RITE.

Sí, en el Real Decreto 736/2020 se establece que en el caso de incumplimiento será de aplicación el régimen sancionador previsto en los artículos 77, 78, 80 y del 82 al 86 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia y demás normas que sean de aplicación. Según el artículo 82 de la Ley 18/2014,  la sanción por incumplimiento puede oscilar entre 300€ y 60.000€. 

Tu asesor personalizado en un clic

Tu asesor personalizado en un clic

Al alcance de la mano en solo tres pasos

Selecciona la solución

Acorde a tus necesidades.

Rellena el formulario

Con los datos de tu comunidad.

Asesoramiento personalizado

Un gestor se pondrá en contacto y analizará tus necesidades.

Servicios asociados

Servicios asociados

¿En qué podemos ayudarte?

¿En qué podemos ayudarte?

Si quieres consultarnos alguna duda, puedes escribirnos al email atencionsoluciones@naturgy.com

O puedes enviarnos tu consulta rellenando el siguiente formulario y un asesor personal se pondrá en contacto contigo:

* Puedes escribir un máximo de 300 caracteres

* Puedes escribir un máximo de 300 caracteres

* Campo obligatorio

Información básica sobre Protección de Datos Personales

Los datos de contacto profesional recabados en este formulario serán tratados por NATURGY IBERIA, S.A., en su condición de responsable del tratamiento, con la finalidad de mantener una relación profesional con usted, en su condición de empresario individual o profesional liberal, o con la persona jurídica en la que usted presta sus servicios.

Usted tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos, limitar y oponerse al tratamiento, a la portabilidad de sus datos, así como a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas como se explica en nuestra Política de privacidad , donde encontrará información adicional y detallada sobre Protección de Datos.

(*)Condiciones de la oferta Gas & reparto 


Considerando repartidores de costes sin válvulas termostáticas en una vivienda con 5 radiadores. Contrato a 3 años en una comunidad de 100 viviendas (5,92€/rad(repartidores)+ 3,61€ (servicio))/rad x 5 rad/12 meses +21% IVA= 4,80 €