La legislación vigente obliga al titular de las instalaciones de gas y a sus usuarios a ejercer un buen uso, mantenimiento y conservación de las mismas.
Según el Real Decreto 984/2015, de 30 de octubre, por el que se regula el mercado organizado de gas, las empresas instaladoras habilitadas o los distribuidores de gases combustibles por canalización deben efectuar cada 5 años una inspección de las instalaciones receptoras de los usuarios.