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Tarifa Solar para Empresas
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    Nuestro Plan Solar para negocios es el más competitivo si tienes placas solares.

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    Precios estables de la energía durante 12 meses.

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    Asesoramiento personalizado para tu empresa.

Tarifa Solar para Empresas

Para tu instalación solar

Las horas más baratas

El consumo de energía de tu negocio, siempre al precio más bajo.

El consumo de energía de tu negocio, siempre al precio más bajo.

Cuando tus placas no produzcan, consume energía al mejor precio. Precio estable garantizado durante 1 año. Adaptada a tus necesidades de autoconsumo.

Esta Tarifa Solar para empresas equivale al Plan fijo luz Franjas horarias.

¿Cómo funciona la Tarifa Solar con placas solares para empresas?

¿Cómo funciona la Tarifa Solar con placas solares para empresas?

 La Tarifa Solar se adapta a tus necesidades de consumo junto a tu instalación de autoconsumo:

  • Durante el día, tus placas solares producen energía y los excedentes que generes te serán compensados a 0,11 €/kWh hasta el 02/02/25** (sin impuestos) y 0,133100 €/kWh (con impuesto del 21% de IVA).
  • Durante la noche, cuando tus placas no producen, esta es la tarifa más económica. Por eso también la llamamos Plan fijo Luz Franjas horarias.

 El término de potencia de la Tarifa Solar tiene dos periodos: punta y valle. La Tarifa Solar tiene tres precios para el término de energía: punta, llano y valle en los siguientes tramos horarios:

¿Cuál es el precio de la Tarifa Solar para empresas?

¿Cuál es el precio de la Tarifa Solar para empresas?

Tarifa Solar

  • Tarifa 2.0TD
  • Tarifa 2.0TD Trihoraria
  • Tarifa 3.0
  • Tarifa 6.1
Término de potencia (€/kW*dia)
Período 1 : 0,116318 €/kW*dia
Período 2 : 0,044521 €/kW*dia
Término de energía (€/kWh)
Período 1 : 0,114599 €/kWh
Compensación de excedentes:
0.110000 €/kWh (sin impuestos) / 0.133100 €/kWh (con impuesto del 21% de IVA)

Impuestos no incluidos (IVA/IGIC e Impuesto de Electricidad)

Los precios mostrados en la Tarifa Solar para empresas no incluyen impuestos (IVA/IGIC e Impuesto de Electricidad).

De conformidad con Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, se considerará  aplicable  IVA del 5%  hasta el 31/12/2023 para potencia contratada inferior a 10 kW y siempre que el precio medio de la energía del mercado mayorista del último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación supere los 45 €/MWh. Para potencias igual o superior a 10kW el tipo aplicable será del 21%.

Los precios no incluyen el coste regulado del mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de electricidad en el mercado mayorista establecido en el Real Decreto-ley 10/2022, que se incluirá en línea aparte en factura bajo el concepto “Mecanismo Ibérico”. Los precios tampoco incluyen el coste regulado asociado al mecanismo de financiación del bono social, que se añadirá en línea aparte bajo el concepto “Financiación del Bono Social”.

Se aplicarán en el precio indicado las variaciones al alza o a la baja de los impuestos aplicables y de los conceptos regulados (a modo enunciativo no limitativo, cargos del sistema, peajes, alquiler de contador...). Asimismo, podrán trasladarse al precio cualquier concepto regulado, tasa o impuesto de nueva creación o que sustituyan a los actuales que sean de aplicación durante el periodo de duración del presente contrato.

Adicionalmente  se facturarán, si procede, los excesos de energía reactiva y potencia. Los periodos horarios corresponden, en todo momento, con los de la tarifa de acceso contratada.

Vigencia hasta el 15/12/2024.

Válido para nuevas contrataciones de luz con tarifa de acceso 2.0TD, 3.0 TD Y 6.1 TD. Condiciones económicas aplicables para consumos inferiores a 400.000 kWh/año.

Las condiciones se mantendrán vigentes 12 meses desde el inicio del contrato. Revisión anual con IPC (Índice de Precios al Consumo interanual del mes de Noviembre). 

En caso de resolución unilateral anticipada del contrato de suministro de electricidad por parte del Cliente, antes de iniciada la primera prórroga, podrá serle aplicada una penalización de hasta un 5% del precio del contrato por la energía estimada pendiente de suministro.

 

Ventajas de la Tarifa Solar para tu negocio

Ventajas de la Tarifa Solar para tu negocio

Benefíciate de las horas sin sol

Aprovecha el precio más bajo cuando las placas solares de tu empresa no producen energía.

Precio estable durante 12 meses

Que las fluctuaciones del precio de la luz no te quiten el sueño.

Flexibilidad

Si los hábitos de consumo de tu empresa cambian, podrás modificar la tarifa cuando lo desees.

Opción de energía 100% renovable

Puedes elegir que tu energía sea 100% renovable. (Podrá suponer una variación en el precio final)

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Al contratar con Naturgy cuentas con un servicio exclusivo que pone a tu disposición un gestor personal experto en energía.*

Contrata la Tarifa Solar para tu negocio en 5 pasos

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Así de fácil es contratar energía solar para tu empresa con nosotros. ¡Bienvenido a Naturgy!

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Preguntas frecuentes sobre la Tarifa Solar para negocios de Naturgy

Preguntas frecuentes sobre la Tarifa Solar para negocios de Naturgy

Si tu consumo anual de electricidad de tu empresa es inferior a 400 MWh anuales, puedes apostar por la Tarifa solar para tu negocio con precio fijo en el término de energía, así podrás controlar los costes de tu empresa.

Además, este producto te ofrece a tu negocio estabilidad para que el gasto en energía no dependa de las fluctuaciones de precio de mercado de electricidad y tendrás la seguridad de tener un buen precio cerrado de antemano.Solamente te trasladaremos las variaciones de IPC y las variaciones de los costes regulados, según la evolución.

Es un producto con máxima flexibilidad, si no te encaja, puedes cambiar de tarifa, cuando quieras y sin coste alguno.

Si tu consumo anual de electricidad de tu empresa es superior a 400MWh, rellena el formulario y un Asesor personalizado se pondrá en contacto con tu empresa. 

¡Es sencillo! Lo primero que necesitarás es el número CUPS. Es un código de entre 20 y 22 caracteres que empieza por “ES” y que identifica la instalación de tu punto de suministro. Lo podrás encontrar en la cara/dorso de tu factura. También necesitarás los datos bancarios (número de cuenta en formato IBAN: en España tiene 24 dígitos y empieza con “ES”.)

Si ya estás decidid@, bien la puedes contratar tarifa solar para negocios a través del teléfono gratuito, a través de nuestra web o si quieres en cualquiera de nuestras tiendas (aquí puedes ver la tienda más cercana).

Completa un proceso muy sencillo:

  1. Legaliza la instalación en el organismo autonómico: es decir, comunica a tu comunidad autonomía que la instalación se acogerá a la modalidad de compensación simplificada de excedentes.
  2. La comunidad autónoma envía los datos de la instalación fotovoltaica a la distribuidora eléctrica de tu zona.
  3. La distribuidora lo comunica a la tu comercializadora eléctrica.
  4. Por último, recibirás una carta de la comercializadora para comprobar que los datos de la instalación son correctos.

Sí, tu instalación de placas solares es de Naturgy te lo ponemos fácil ¡Nos ocupamos de todos los trámites!

Si necesitas más información, consulta la Guía de excedentes o puedes visitar nuestra página de compensación de excedentes para empresas.

No hay más costes que lo que consumas de luz con tu tarifa solar para empresas, ¡de verdad!

En tus facturas de luz el nombre de esta Plan fijo Luz, y los precios del Término de Potencia y del Término de Energía sin impuestos.

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto ley  8/2023, de 27 de diciembre, se considerará aplicable el IVA según lo siguiente:

  • Para potencias contratadas inferiores o iguales a 10kW:
    • Hasta el 31/12/2024 cuando el precio medio de la energía del mercado mayorista del último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación supere los 45 €/MWh se aplicará IVA reducido del 10%.
    • Cuando el precio medio de la energía del mercado mayorista del último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación sea inferior a los 45 €/MWh se aplicará el IVA del 21%.
    • Hasta el 31/03/2024 se aplicará el 3,8% del Impuesto Especial sobre electricidad (IEE).
  • Para potencias iguales o superiores a 10kW el tipo aplicable será del 21% y el IEE del 5,11%

Has de tener en cuenta que puedes ver otros conceptos, como el alquiler de contador o un servicio de mantenimiento.

En relación de la compensación de excedentes, sí en el periodo facturado tu tipo de autoconsumo ha generado excedentes encontrarás en tu factura este concepto, el número de kW e importe a descontar del periodo facturado.

En la regulación de excedentes (R244/2019), encontrarás más información de las limitaciones de compensación de excedentes, pero a modo resumen esta no podrá ser superior al importe del consumo de energía vertido a la red y sí fuese superior, en la factura se aplica regularización en esta línea.

La cantidad de paneles solares que tu empresa necesita depende de diferentes factores como la propia eficiencia de los paneles solares; pero también circunstancia como la zona geográfica, la orientación del negocio, además de su consumo promedio.

Si quieres más información, ponemos a tu disposición Mi Gestor Naturgy, un experto que realizará un estudio en base a tus necesidades para lograr la instalación más óptima y acorde a las necesidades de tu empresa.

Ofrecemos asesoramiento energético para todos nuestros clientes. Además, los clientes con contratos eléctricos con tarifa 3.0 TD o 6.X TD (Potencia eléctrica superior a 15kW) o tarifas de gas RL4 Y RL5, a excepción de las administraciones públicas, tendrán un gestor personal asignado experto en optimización energética (Mi gestor Naturgy)

Precios de las modalidades con excedentes acogidas a compensación

Naturgy calculará el importe resultante de multiplicar los kWh de excedentes (energía generada y no autoconsumida) por el precio vigente en cada momento. El precio podrá ser revisable mensualmente.

El precio será de 0,110 €/kWh sin impuestos, 0,1331 €/kWh con IVA del 21% hasta el 2/2/25 (incluido). A partir del 3/2/25 (incluido), el precio será de 0,07 €/kWh sin impuestos, 0,0847€/kWh con IVA del 21%.

El resultado se restará del valor económico de la energía consumida en la red en el periodo de facturación. En ningún caso, el valor económico de la energía excedentaria podrá ser superior al valor económico de la energía consumida de la red en el periodo de facturación.

Modalidad no compatible con Tarifa Plana.

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