El Bono Social Térmico es un programa de ayudas para los consumidores vulnerables para la energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, independientemente de cuál sea la fuente utilizada.
En este artículo, conocerás el origen del bono térmico, cómo debes solicitarlo, sus requisitos y otras opciones para personas vulnerables. Sigue leyendo y lo aclaramos todo…
Origen del Bono Social Térmico
Aunque ya existían ayudas anteriores para colectivos vulnerables, el objetivo del Bono Social Térmico es complementar la ayuda percibida en concepto de Bono Social Eléctrico por los consumidores vulnerables, para cubrir sus necesidades de energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, independientemente de cuál sea la fuente utilizada.
Este programa fue creado por el Ministerio de Transición Ecológica y articulado a través del Real Decreto-ley 15/2018 , de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores.
Debes saber que esta ayuda no es incompatible con otro tipo de prestaciones sociales. No en vano, está concebida como un recurso de urgencia. Además, da igual la fuente de energía que se utilice, porque se cubre la vulnerabilidad de la unidad familiar. Puede ser electricidad, gas o combustible, porque eso dependerá de cada infraestructura. Existe una flexibilidad al respecto. Eso sí, está concebido únicamente para usos domésticos, no profesionales.
Cómo solicitar el Bono Térmico
No es necesario hacer una solicitud formal del bono térmico. ¿Por qué? Porque se te aplicará automáticamente si dispones de bono social eléctrico activo al finalizar el año anterior. Concretamente, todos los hogares que disponen del bono social eléctrico a 31 de diciembre del año anterior recibirán la ayuda del bono térmico. Directamente, se ingresará el dinero en la cuenta corriente en la que tengas domiciliado tu recibo electrico
¿En qué consiste el Bono Social térmico?
El Bono social térmico es un pago único, realizado por las Comunidades Autónomas, durante el primer trimestre del año. Para eso, tienen que considerarte consumidor vulnerable y tener el bono social electrico activo a 31 de diciembre del año anterior, en tu vivienda habitual. La cantidad que recibe cada unidad familiar depende tanto del grado de vulnerabilidad que tiene reconocido el consumidor como de la zona climática en la que vive. De esta manera, cuanto más elevada es la temperatura media de una región durante el año, menor es el importe de la ayuda, porque se entiende que la necesidad de consumir gas es menor.
Son las comercializadoras de referencia – con las que el cliente tiene contratado el suministro electrico y el bono social electrico - las que comunican al Ministerio a principio de cada año quiénes son beneficiarios del bono social eléctrico a final de año.
El Ministerio para la Transición Ecológica calculará la distribución territorial del presupuesto disponible en el ejercicio para este fin y transferirá los importes a las Administraciones competentes para su pago, junto con la información de los beneficiarios y los importes que les corresponden.
Las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía realizarán el pago de la ayuda a los beneficiarios durante el primer trimestre del año, en la forma que estimen más procedente de acuerdo a sus procedimientos, organización y el colectivo de beneficiarios, garantizando en todo caso la posibilidad de renuncia a la ayuda por parte de los beneficiarios que así lo soliciten.
Otros Bonos Sociales
Ahora que ya sabes qué es el bono térmico, es importante hablar de otro bono importante que existe, el bono social eléctrico. Recordemos que solo si eres beneficiario del segundo podrás acceder al primero.
Sin embargo, existen otros bonos para consumidores vulnerables que establece el Estado. Estos son algunos:
Bono de Transporte: es un descuento para pagar el transporte público, enfocado en determinados colectivos por circunstancias sociales o económicas. Se gestiona a través de las Comunidades Autónomas o de los consorcios metropolitanos de transporte de las grandes ciudades.
Bono de alquiler social: es una ayuda para el alquiler social para familias en situación de vulnerabilidad. Se gestiona a través de la Comunidad Autónoma correspondiente y los ayuntamientos.
Bono de teléfono fijo: concebido para pensionistas que cobren una renta muy reducida. Se gestionaría a través de la operadora autorizada.
Bono de conectividad digital: dirigido también a familias vulnerables, reduce sustancialmente la factura de internet. Lo marca el Estado y paga un máximo de 240 euros, divididos en 12 mensualidades.
Bono social de agua: es un complemento de otras ayudas. Sirve para familias vulnerables y para beneficiarse de él hay que solicitarlo a la empresa concesionaria del agua de tu municipio. No todos lo conceden.
Pero, sin duda, la ayuda más importante relacionada con el bono térmico es el bono social eléctrico.
El Bono Social Eléctrico
El bono social eléctrico es un mecanismo de descuento en la factura eléctrica, fijado por el Gobierno, con el fin de proteger a determinados colectivos de consumidores económica o socialmente más vulnerables. Para que un consumidor de energía eléctrica pueda ser considerado consumidor vulnerable, deberás cumplir alguno de los requisitos siguientes:
Familias numerosas: aquellas con 3 o más hijos son beneficiarias de esta ayuda. Y, en este caso, no hay un criterio de renta que restrinja el acceso al bono.
Renta: El nivel de renta del titular debe igual o inferior a:
12.600 €/año (que equivale a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas) cuando no existe unidad de convivencia (una persona sola).
Cuando exista unidad de convivencia, se añadirá al umbral de renta 0,3 IPREM por cada persona mayor de edad adicional, y 0,5 IPREM por cada menor de edad.
Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital: cualquier hogar que tenga un beneficiario del Ingreso Mínimo Vital puede beneficiarse del bono eléctrico.
Pensionistas: entran los jubilados y que cobren una incapacidad total permanente, siempre que reciban la cantidad mínima. De lo contrario, las fuentes de ingresos adicionales no pueden superar el 50 % de las pensiones.