Política de reclamaciones

Política de reclamaciones

A continuación te explicamos todas las opciones que tienes para presentar una reclamación.

¿Qué puedo hacer para realizar una reclamación?

¿Qué puedo hacer para realizar una reclamación?

 

Ábrenos una reclamación, por el canal que prefieras:

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Una reclamación en 3 sencillos pasos

Una reclamación en 3 sencillos pasos

  1. Realiza la reclamación

    Elige el canal que prefieras para realizar la reclamación.

  2. Recibirás un código de reclamación a través del correo

    Te permitirá consultar el estado de tu reclamación.

  3. Te damos respuesta

    Recibirás respuesta en un plazo de 30 días.

¿Qué puedo hacer si la respuesta a mi reclamación no me parece correcta?

¿Qué puedo hacer si la respuesta a mi reclamación no me parece correcta?

Naturgy está adherida al Sistema Arbitral de Consumo, un servicio público voluntario y gratuito para resolver conflictos entre consumidores y empresas sin tener que acudir a los tribunales ordinarios.

Si no estás de acuerdo con la solución a tu reclamación puedes presentar una solicitud de arbitraje ante la Junta Arbitral de tu Comunidad Autónoma o a través de una Asociación de Consumidores.

Naturgy está adherida al Sistema Arbitral de Consumo, un servicio público, voluntario y gratuito para resolver conflictos entre consumidores y empresas sin tener que acudir a los tribunales ordinarios.

Si no estás de acuerdo con la solución a tu reclamación puedes presentar una solicitud de arbitraje  en el registro de la Junta Arbitral competente o en cualquiera de los lugares a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (como cualquier solicitud dirigida a la Administración: registros administrativos, oficinas de Correos, etc.).

Las Juntas Arbitrales de Consumo son órganos administrativos que gestionan el arbitraje institucional de consumo en el ámbito territorial propio de la administración pública a la que están adscritas facilitando una solución a los conflictos de consumo entre consumidores y empresas. Es necesario que el cliente haya presentado previamente una reclamación a la compañía. La adhesión de Naturgy al Sistema Arbitral de Consumo opta prioritariamente por un arbitraje que se decida en derecho.

Si no estás de acuerdo en la solución a tu reclamación o no has recibido respuesta en un plazo de un mes desde su presentación.

Las reclamaciones que pueden presentarse al Sistema Arbitral de Consumo son las relativas a toda la actividad que desarrolla la compañía comercializadora.

Si la reclamación cumple con los requisitos para poder acudir al Sistema Arbitral de Consumo, se puede presentar una solicitud de arbitraje en cualquiera de las Juntas Arbitrales que forman parte del Sistema Arbitral de Consumo. La competencia territorial se determina según el artículo 7 del Real Decreto 713/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula el Sistema Arbitral de Consumo.

El proceso arbitral incluye una fase de mediación previa, directa entre el cliente y la empresa, para intentar llegar a un acuerdo que resuelva la reclamación sin que intervengan los árbitros. Si se cierra un acuerdo previo, éste se recoge en un laudo conciliatorio. Si en la mediación no se llegara a acuerdo, se iniciaría el procedimiento arbitral, en el que las partes deben presentar toda la documentación, respuestas, alegaciones y pruebas disponibles. El arbitraje se resuelve con un laudo arbitral, de obligado cumplimiento, que tiene la misma validez que una sentencia judicial.

Como alternativa a la Junta Arbitral de Consumo, puedes acudir a un organismo de consumo o asociación de Consumidores, para presentar tu reclamación. Será esta entidad la que contacte con Naturgy para reclamar en tu nombre. Los pasos a seguir serán los que te indique la propia organización.

Listado juntas arbitrales accesible en el siguiente enlace: Juntas Arbitrales | Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030