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Impuestos de electricidad en tu factura de la luz

23 ABRIL 2024, SE LEE EN 10 MINUTOS

Una cosa es recibir la factura de la luz y otra cosa es entenderla, sobre todo con el impuesto de electricidad. Como consumidores, tenemos derecho a saber qué pagamos y por qué; por eso queremos compartir contigo esta información de forma clara y transparente. Además, queremos que con estos datos te resulte más fácil decidir qué tipo de tarifa te interesa.

Aunque hay muchos conceptos que aparecen en una factura de la luz, aquí solo nos centramos en los impuestos de la factura, explicándote cuáles son y cómo se aplican. Así, te será más fácil entenderlos.

Destacamos la existencia de dos impuestos: el impuesto especial sobre la electricidad y el IVA aplicado a la electricidad, junto con otros cargos.

Impuesto sobre la electricidad: ¿Cuál es?

El impuesto de electricidad, también denominado impuesto eléctrico o coloquialmente impuesto de la luz, es un impuesto especial, igual que los de hidrocarburos, el alcohol y el tabaco. Lo establece el Ministerio de Industria y Turismo, para que los consumidores optimicen el consumo de este recurso, y así garantizar unas buenas condiciones medioambientales. Tiene unas características específicas que debes conocer:

¿Cómo se calcula el impuesto sobre la electricidad?

Para pagar el impuesto sobre la electricidad, calculamos un porcentaje sobre la base imponible de tu factura de la luz. O, dicho de otra manera, se calcula el coste en función del consumo que hayas acumulado y la potencia que tengas contratada, que multiplicarás por el tipo de gravamen. Por ejemplo:

  • Si no hay consumo de red en la factura (consumo total del periodo de facturación = 0), el impuesto eléctrico es cero.
  • Si hay consumo de red en la factura (el consumo total del periodo de facturación no es cero):
    • Se calcula el impuesto mínimo comunitario multiplicando 1 €/MWh (= 0,001 €/kWH) por el consumo de red total del periodo de facturación.
    • Se calcula el impuesto multiplicando el tipo vigente (%) por la base imponible del impuesto eléctrico (término de energía + término de potencia + financiación bono social).

Y, para obtener el importe que toca pagar, aplicaremos el mayor de los dos importes calculados.

En los últimos años ha habido cambios en el tipo de gravamen, concebidos como medida provisional de ayuda anticrisis aplicada por el Gobierno. El impuesto de electricidad tenía un tipo del 5,11 % y se había reducido al 0,5 % en 2021 por las tensiones del mercado. En el primer trimestre de 2024 se está pagando un 2,5 % de la factura y, a partir del segundo trimestre, se pagará un 3,8 %.

El objetivo es recuperar, progresivamente, el tipo de gravamen del impuesto sobre la electricidad del 5,11 % anterior, entre el tercer y el cuarto trimestre de 2024.

¿Si no consumo electricidad, pago el impuesto?

Si no consumes electricidad pagarás el impuesto, pero solo por el coste fijo de la potencia contratada sumado a la financiación del bono social (para hogares en exclusión). El resultado lo tendrás que multiplicar por el tipo de gravamen vigente para saber cuánto tienes que pagar. La cantidad es mucho menor que si estás consumiendo electricidad, pero sí tendrías que pagar.

¿Quién debe pagar el impuesto sobre la electricidad?

El impuesto de la electricidad lo pagarás tú como consumidor, pero no te tienes que preocupar, porque ya está integrado en tu factura de la luz. De hecho, la cuantía estará incluida y desglosada. Cuando la comercializadora te pase el recibo, esos impuestos ya están incluidos, puesto que es esta la que, en última instancia, los repercute al Estado.

¿Hay excepciones de pago?

Hay muy pocas excepciones del pago al 100 % del impuesto sobre la electricidad. Básicamente, para organismos internacionales o embajadas, suministros en pilas de combustibles y algunos tipos de autoconsumos retributivos o de energías renovables.

Existen algunos colectivos que tienen una bonificación de hasta el 85 % del impuesto; eso sí, tienen que abonarlo. Podemos hablar de riesgos agrícolas, procesos metalúrgicos y mineros y actividades industriales cuyo consumo de electricidad suponga más de un 5 % del valor de lo comercializado o más de un 50 % del coste de producción.

Hablamos, pues, de casos minoritarios o en actividades profesionales específicas. La inmensa mayoría de los consumidores particulares tienen que pagar sin bonificaciones.

Impuesto sobre el Valor Añadido en la luz

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se aplica en todos los bienes y servicios que adquirimos, con muy pocas excepciones. También en la electricidad, pero ha tenido variaciones recientes.

Desde el 1 de enero y hasta el 1 de marzo de 2024, el tipo de gravamen del IVA para la electricidad era el 10 % (reducido). Sin embargo, esta medida estaba concebida como un alivio temporal ante el aumento de los precios que se dio a partir de 2021. Como el precio ha decaído, ahora el IVA de la factura de la electricidad vuelve al 21 %. Esta subida es generalizada porque se eliminan las bonificaciones que se habían establecido. 

Entonces, en las facturas que se emitan a partir del 1 de marzo se aplicará el siguiente IVA:

  • Si la fecha del periodo de facturación es hasta el mes de febrero, del 10%.
  • Si la fecha del periodo de facturación es a partir del mes de marzo, del 21%.

Piensa que cada mes natural (a mes vencido) se calcula el precio medio de la electricidad en el mercado mayorista. Esto significa que el IVA puede bajar de nuevo al 10 % si el precio medio del megavatio por hora mensual supera los 45 €/MWh.

Finalmente, hay territorios de España donde el IVA no existe, aunque hay figuras equivalentes: en Canarias se aplica el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), con un 7 %; en Ceuta y Melilla, el Impuesto sobre la Producción, Servicios e Importación (IPSI), del 1 %. 

Impuestos de electricidad y otros conceptos asociados

Existen otros conceptos asociados a la factura que pagamos y que muchos consumidores desconocen. Más allá del consumo de energía (recomendamos contratar la potencia adecuada para ajustar el coste) y de los impuestos, hay otros cargos incluidos en tu factura de la luz porque, según el IDAE, se calcula que solo entre el 35 y el 40 % de lo que pagamos es consumo energético. Echemos un vistazo:

Alquiler del contador

Los contadores que miden el consumo no son nuestros, sino que se los alquilamos a la comercializadora de la luz. Esta lo que hace es cargarnos mensual o bimensualmente (según la factura que elijas) el coste de su mantenimiento. Ojo, según la comercializadora y el contador, esta cantidad es mayor o menor.

Peajes de transporte y distribución

La energía eléctrica se tiene que transportar hasta tu propiedad, y aquí también pagas un cargo o peaje. Dependiendo de la tarifa y la potencia contratada, pagarás más o menos. En este caso, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) establece su cuantía. La cantidad puede variar, aunque se hace de año en año.

Cargos complementarios

Aquí se incluyen elementos como el Recore (incentivos para energías renovables y residuos), compensación de déficit tarifario y el TNP (sobrecoste de producir electricidad en otros territorios no peninsulares). Aquí marca los costes el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y pueden cambiar cada año.

Por lo tanto, a la hora de calcular el coste total de tu factura de la luz, el impuesto de la electricidad es solo una parte minoritaria. Hay otros impuestos y cargos que tienes que pagar, tanto a las comercializadoras como a la Administración.

Sí, el impuesto de electricidad es una parte, pero gracias a Naturgy lo tienes mucho más fácil para ahorrar en la factura de la luz. Puedes llamarnos o, si ya estás con nosotros, entrar en el área de clientes desde la app o la web y elegir cambiar de potencia. En pocos minutos, ajustarás la potencia eléctrica a lo que necesitas.

Paga menos en tu factura de la luz

Conocer el impuesto sobre la electricidad, el IVA y los costes de la factura te ayuda a saber cómo ahorrar. Ahora que han subido algunos impuestos, este es un buen momento para que revises cuánto pagas en tu factura. Y, por qué no, para hacer un cambio para mejor.

La buena noticia es que, aun con subidas de impuestos, es posible rebajarlos sin renunciar al servicio. Te animamos a que te unas a las #BuenasEnergías. Consulta la web o llámanos para venirte con nosotros, ¡y paga menos en tu factura de la luz!

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