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Contratos

¿Qué tipos de baja de energía hay?

¡Te explicamos! La baja de energía se puede dar en 3 circunstancias:

  • Cambio de comercializadora: contratarás directamente con tu nueva comercializadora y será esta la que se ocupe de que seas dado de baja de energía de tu anterior comercializadora. Supondrá la baja de tu contrato de energía en tu anterior comercializadora y el alta en la nueva, sin interrupción del suministro.
  • Cese de suministro: supone quedarte sin la energía para la que has pedido el cese. Es decir, te quedarás sin suministro. Tienes que pedir el cese a tu actual comercializadora, que llevará a cabo la baja de energía.
  • Desistimiento de contrato: es decir, anulación de una contratación de energía si no han pasado más de 14 días. Para ello deberás contactar con tu nueva comercializadora y pedir la anulación. Supondrá la baja del contrato de energía y volverás a tu estado previo a la contratación.

Te animamos a que leas las preguntas relacionadas para tener más detalle.